Pago mediante transferencia para determinadas deudas susceptibles de ingreso telemático a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria
Agencia Estatal de la Administración Tributaria
5 febrero 2021
Desde el día 15 de marzo de 2021 será posible el pago mediante transferencia, a través de entidades colaboradoras en la gestión recaudatoria encomendada a la Agencia Tributaria, de determinadas deudas que sean susceptibles de ingreso telemático a través de la Sede electrónica de la Agencia Tributaria.
Así se establece en la Resolución de 18 de enero de 2021, de la Dirección General de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, por la que se definen el procedimiento y las condiciones para el pago mediante transferencia.
En el artículo 1 de dicha Resolución se determina a qué operaciones de pago resulta de aplicación y en el artículo 4 se establece el procedimiento a seguir.