Publicadas las Directrices Generales del Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023
Agencia Estatal de la Administración Tributaria
2 marzo 2023
El pasado lunes se publicó en el BOE el Plan Anual de Control Tributario y Aduanero de 2023.
El Plan se estructura en cinco grandes pilares que incluyen diversas medidas, entre las que merecen ser destacadas las siguientes.
En primer lugar, en relación a la información y asistencia, la principal novedad que se prevé incorporar es la implantación de un nuevo modelo de asistencia que integrará todos los canales existentes y facilita que el ciudadano pueda elegir la modalidad en que quiere ser atendido. Junto a ello, se tratará de garantizar la atención presencial a personas mayores o personas afectadas por la brecha digital.
Otra de las novedades a destacar es la revisión de los criterios para la imposición de sanciones, incorporando como elemento relevante el historial de cumplimiento e incumplimiento del contribuyente en al evaluación de la existencia del elemento subjetivo en determinados tipos de conductas.
En segundo lugar, nos referiremos a la prevención de incumplimientos mediante el fomento del cumplimiento voluntario y la prevención del fraude. A modo de ejemplo, puede citarse la importancia de avanzar en el fomento de la educación cívico-tributaria.
En tercer lugar, se refiere a la investigación y las actuaciones de comprobación del fraude tributario y aduanero. Se confirma la importancia de la calidad de la información y las técnicas de análisis de riesgos para la adopción de un enfoque de behavioural insights con el fin de fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias.
Aunque no se menciona expresamente el uso de «inteligencia artificial» por parte de la Administración tributaria, debe valorarse positivamente que se señale que el empleo de tecnologías de la información se realizará de acuerdo con la Ley General Tributaria y las normas relativas al derecho a la protección de datos de carácter personal. Igualmente, se indica que ese uso se realizará con sometimiento a la dirección y decisión humana.
En cuarto lugar, se explican las actuaciones de control del fraude a desarrollar en fase recaudatoria. Entre ellas, se prevé introducir mejoras en la evaluación del riesgo recaudatorio mediante la utilización de «herramientas avanzadas de tratamiento y análisis de datos».
En último lugar se recogen las medidas destinadas a la esencial colaboración entre la Agencia Tributaria y las Administraciones tributarias de las CCAA.
El documento completo puede consultarse en el siguiente enlace: https://www.boe.es/boe/dias/2023/02/27/pdfs/BOE-A-2023-5080.pdf
¡Feliz jueves!