Sentencia del Tribunal Supremo que anula la obligación de presentación de la declaración de IRPF exclusivamente por medios electrónicos

Terminamos la semana compartiendo esta nota de prensa en la que se anuncia que el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia que anula la exigencia a los contribuyentes de presentar la declaración del IRPF por medios electrónicos a través de Internet, realizada en la Orden del Ministerio de Hacienda HAC/277/2019, de 4 de marzo.

Esta sentencia es el resultado de un recurso presentado por la AEDAF. Asociación Española de Asesores Fiscales que ha supuesto la anulación de la mencionada Orden Ministerial por considerar el Tribunal Supremo que la obligación de presentación de la declaración de IRPF por medios electrónicos “se establece de manera general para todos los obligados tributarios sin determinar los supuestos y condiciones que justifiquen, en atención a razones de capacidad económica, técnica, dedicación profesional u otros motivos, que se imponga tal obligación”.

Esperamos poder compartir en los próximos días el texto completo de la sentencia.

Por ahora, os dejamos el texto de la nota de prensa publicada ayer:

https://www.poderjudicial.es/cgpj/es/Poder-Judicial/Noticias-Judiciales/El-Tribunal-Supremo-anula-la-Orden-de-Hacienda-que-exigia-a-todos-los-contribuyentes-la-presentacion-de-la-declaracion-del-IRPF-por-medios-electronicos-

¡Feliz fin de semana!