STJUE sobre la interpretación de la cláusula contra prácticas abusivas del artículo 1, apartados 2 y 3 de la Directiva 2011/96

Hoy compartimos esta interesante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 3 de abril de 2025, sobre la cláusula contra prácticas abusivas contenida en el artículo 1, apartados 2 y 3, de la Directiva 2011/96, en su versión modificada por la Directiva 2015/121.

En ella el citado Tribunal declara que:

1) La citada cláusula debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una práctica nacional en virtud de la cual una sociedad matriz no puede acogerse en su Estado miembro de residencia a una exención del impuesto sobre sociedades por los dividendos recibidos de una filial establecida en otro Estado miembro, debido a que dicha filial constituye un arreglo falseado, cuando tal filial no es una sociedad instrumental y los beneficios que ha distribuido como dividendos han sido generados por una actividad desarrollada en nombre de la misma filial, siempre que concurran los elementos constitutivos de una práctica abusiva.

2) Dicha cláusula debe interpretarse en el sentido de que se opone a una práctica nacional en virtud de la cual, sin excepción, solo se tiene en cuenta la situación existente en las fechas de pago de los dividendos para calificar de arreglo falseado a una filial establecida en otro Estado miembro, cuando la constitución de dicha filial estaba justificada por razones comerciales válidas y no se cuestiona la realidad de su actividad antes de esas fechas.

3) Igualmente, debe ser interpretada en el sentido de que, cuando una sociedad matriz ha recibido dividendos de una filial calificada de arreglo falseado, esa calificación no es suficiente, por sí sola, para que se concluya que la sociedad matriz, al acogerse a una exención del impuesto sobre sociedades por dichos dividendos, ha obtenido una ventaja fiscal que desvirtúa el objeto y la finalidad de la Directiva 2011/96, en su versión modificada.

Texto completo de la sentencia:

https://curia.europa.eu/juris/document/document.jsf?text=&docid=297541&pageIndex=0&doclang=ES&mode=lst&dir=&occ=first&part=1&cid=6937134

¡Feliz martes!

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