El Tribunal Supremo se pronuncia sobre la sujeción al IVA de las actividades de investigación en Universidades públicas
Sentencias del Tribunal Supremo
15 enero 2024
Empezamos la semana compartiendo esta sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de diciembre de 2023, en la que el citado Tribunal se pronuncia sobre la siguiente cuestión de interés casacional:
«Determinar si, a efectos del derecho a la deducción de las cuotas del IVA soportadas por adquisiciones de bienes y servicios afectos a la actividad de investigación básica realizada por una Universidad, dicha actividad de investigación básica debe entenderse, en todo caso, sujeta al IVA o si, por el contrario, cabe distinguir, dentro de la actividad de investigación básica, una parte que no tiene la consideración de actividad empresarial o profesional por no concurrir el ánimo de explotar empresarialmente, de manera mediata o inmediata, los resultados de la misma y, consiguientemente, no se encuentra sujeta al impuesto».
En ella, el Tribunal Supremo rechaza la distinción que venía haciendo la Administración tributaria entre investigación básica e investigación aplicada, considerando que ambas son actividades empresariales y que están sujetas al IVA.De este modo, en el fundamento jurídico 3º de la sentencia que hoy compartimos, se fija como doctrina jurisprudencial el derecho a la deducción de las cuotas de IVA soportadas por las adquisiciones de bienes y servicios afectos a las actividades de investigación básica realizadas por las Universidades públicas, incluso cuando los proyectos de investigación básica, de forma inmediata y directa, no conlleven una contraprestación, ya que debe de entenderse que son necesarios para sus operaciones gravadas, al suponer un beneficio económico que favorece dicha actividad investigadora general, que está sujeta y no exenta al citado impuesto.
¡Feliz lunes!
#SUMAconlaUMH