Sentencia del TJUE, de 26 de septiembre, sobre ayudas de Estado
Sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea
2 octubre 2024
Empezamos el miércoles con esta interesante sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, de 26 de septiembre de 2024.
En ella, el citado Tribunal ha declarado que:
«El artículo 56 TFUE debe interpretarse en el sentido de que no se opone a una normativa de un Estado miembro que reserva las ventajas fiscales y sociales únicamente a los empleados de las empresas del sector de la construcción que ejercen sus actividades en el territorio de ese Estado miembro y que se encuentran en una situación comparable a la de las empresas del sector de la construcción cuyos empleados son desplazados a otros Estados miembros, siempre que esa normativa nacional esté justificada por razones imperiosas de interés general y respete el principio de proporcionalidad, lo que implica que su aplicación sea apropiada para garantizar, de forma congruente y sistemática, la realización del objetivo perseguido y no vaya más allá de lo necesario para alcanzarlo».
Texto completo de la sentencia:
¡Feliz día!
#SUMAconlaUMH